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Dos años de prisión para el exdirector de una sucursal bancaria por estafar casi 50.000 euros a una clienta de 89 años

Dos años de prisión para el exdirector de una sucursal bancaria por estafar casi 50.000 euros a una clienta de 89 años

El hombre se valió de «la avanzada edad y la relación de confianza» con la mujer para transferirse el dinero a su propia cuenta utilizando la banca 'online'

Jorge Murcia

Lunes, 28 de abril 2025, 00:43

Hay clientes, sobre todo los de mayor edad, que confían ciegamente en el director de su sucursal de banco habitual, al que normalmente conocen «de toda la vida», a la hora de realizar gestiones bancarias. Pero a veces esta relación de confianza acaba mal.

Es lo que le sucedió en Cantabria a una mujer que permitió al exdirector de su banco acceder a sus cuentas. Circunstancia que este aprovechó para transferir a su cuenta particular casi 50.000 euros de la de su clienta. La Audiencia Provincial de Cantabria le ha condenado, en una reciente sentencia, a dos años de prisión y al pago de una multa de 1.800 euros por delito de «estafa agravada».

Según los hechos probados que constan en la sentencia, el acusado aprovechó «la avanzada edad y la relación de confianza» que mantenía con la mujer -de 89 años de edad- como antiguo director de la sucursal bancaria de la que era clienta.

El hombre la convenció para que le diera acceso a sus cuentas bancarias, «siendo él autorizado en las mismas». «Utilizando los servicios de la banca en línea» que la víctima no sabía utilizar, y «con ánimo de obtener un ilícito beneficio y sin que ella supiera nada, realizó cuatro traspasos de dinero a su favor». Las cantidades transferidas fueron de 10.000, 20.000, 19.000 y 910 euros. En total, 49.910 euros.

Ese dinero permaneció en poder del acusado hasta que dos años después los nietos de la mujer se percataron de esos traspasos y denunciaron los hechos ante la Justicia. El mes siguiente, la anciana falleció.

A la vista de la prueba documental, que acredita la concertación de las cuentas corrientes así como los movimientos que se produjeron entre ellas y las del acusado, la Audiencia Provincial cántabra ha considerado probados estos hechos. No concede validez a la versión del acusado, quien admitió haber hecho las transferencias, aunque alegó que fue a instancias de la anciana.

Declaraciones contradictorias

Además, el tribunal considera que las declaraciones del exdirector de banco «se quiebran en extremos relevantes». Por ejemplo, durante el periodo de instrucción del caso dijo que recibió el dinero de su clienta para administrarlo. Después, en el juicio, declaró que lo tenía «en depósito».

También fueron contradictorias sus explicaciones sobre los contactos que mantenía con la víctima. En un primer momento aseguró que la visitaba todas las semanas. En el juicio declaró que la llamaba todos los días. Pese a ello, no conocía el estado en el que se encontraba la mujer, que tras una caída tuvo que se ingresada en un hospital.

Por último, dijo conocer el fallecimiento de la anciana cuando su abogado le informó, mientras que una sobrina de la mujer testificó que ella se lo había comunicado «meses antes».

«La versión del acusado no se sostiene», concluye el tribunal, que resume así lo sucedido: el acusado, «aprovechando la grandísima confianza (en sus propias palabras) que la mujer depositaba en él, y sabiendo que la avanzada edad de esta le impediría efectuar un seguimiento detenido» de lo que el hombre hacía con su dinero, y «prevaliéndose de la autorización que le había confiado de buena fe, decidió aprovechar la ocasión».

«Mediante estas repetidas y dobles transferencias -prosigue la sentencia- hizo llegar a su propia y personal cuenta corriente 49.910 euros que eran propiedad exclusiva de la mujer».

Tras efectuar estos movimientos utilizando la banca 'online' «y por tanto a espaldas de la mujer, simplemente se olvidó de ella e incorporó el dinero a su patrimonio, hasta que dos años después los nietos comprobaron lo que había hecho».

El tribunal considera que esta actuación constituye un delito de «estafa agravada», puesto que el hombre se valió de la confianza de su víctima y también de su credibilidad profesional, ya que había sido director de la oficina bancaria habitual de la anciana.

Aun así, la Audiencia ha tenido en cuenta el atenuante de la responsabilidad penal de reparación del daño ya que, cuando fue citado para declarar como investigado, el exdirector de sucursal consignó en el juzgado 50.000 euros con la finalidad de devolver el dinero al patrimonio hereditario de la mujer.

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